¿Cómo puedo hacer mi testamento?

Una parte muy importante de tener nuestros papeles en orden, es tener nuestro testamento siempre listo y a la mano por cualquier incidente que se pueda presentar. Es frecuente que las personas, y no necesariamente adultos mayores,  piensen que hacer el testamento es señal de que vamos a morir o de que estamos muy enfermos, esto no es más que una manera de evitar hacer lo que es más conveniente para nosotros y para nuestros familiares.
Hacer un testamento no es difícil ni caro, solamente hay que tener bien en cuenta qué es lo que vamos a poner en él.
Hay dos tipos de testamentos, el ológrafo y el testamento abierto notarial.
El testamento ológrafo es aquel que es realizado a mano por el testado, debe llevar expresión del año, mes y día en que se hace, de lo contrario es muy difícil que se le considere un documento válido. Con el paso del tiempo este tipo de testamentos han dejado de ser frecuentes, por lo que es algo difícil que se tomen en cuenta ante un notario público, lo que provoca que en el caso de haber algún tipo de conflicto entre los heredados, el documento será inválido ante el juez de lo familiar, anulando la voluntad del difunto.
Por otro lado, tenemos el más común y el más válido también, que es el testamento abierto notarial, éste cuenta con un respaldo legal más sólido. La manera de hacerlo es sencilla. En primer lugar es necesario contactar a un notario, puede ser delegacional o privado, eso será a gusto del testado. Una vez que el notario esté presente, el testado debe decidir si quiere que haya algún testigo presente o no, la validez es la misma con o sin testigo. Posteriormente, se le dicta al notario cuál es la voluntad del testado, el notario lo redacta, lo lee en voz alta al testado y de estar de acuerdo, firman las dos partes. Se le entrega una copia al testado y una al notario, quien la lleva al Archivo General, en donde queda registro del testamento en caso de que el propietario pierda su copia. Nadie puede disponer de los bienes otorgados en el testamento hasta que el testado fallezca. El título de albacea es necesario ya que estas personas son quienes se enccargarán de llevar el acta de defunción ante el notario para que se lleve a cabo la segunda parte de la herencia. Una vez entregada el acta, se leerá el testamento por el notario en voz alta, en caso de no haber conflictos, se firmará un escrito y los bienes pasarán a ser propiedad del heredado.
Es muy importante tener este documento al día.

Similares
Publicar un comentario